El Poder Ejecutivo emitió el Decreto 91/2009 que reglamenta la Ley de Bosques Nativos. La nueva norma establece, entre otros:
- La ampliación del concepto de Bosques Nativos incluyendo el desarrollo de ecosistemas forestales y palmeras.
- La obligación de cada jurisdicción de actualizar la zonificación de los Bosques Nativos cada cinco años.
- Un listado de las distintas actividades que se pueden realizar en los Bosques de Categoría I, entre ellas el mantenimiento y restauración del ambiente, la recuperación de los recursos naturales sin poner en riesgo el ecosistema y el turismo. También autoriza las obras públicas en los Bosques de Categoría I y II, en la medida de la evaluación previa del impacto ambiental correspondiente.
- Norma de interpretación a favor de la preservación de los bosques naturales.
- Facultades de policía para la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable con la posibilidad de establecer un sistema de verificación del cumplimiento de los planes operativos autorizados, y exigir a las autoridades locales que informen anualmente si dichos planes tendrán efectos negativos sobre el ambiente.
- Definición de las infracciones sujetas a sanción en la Ley de Bosques Nativos.
Asimismo, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, mediante la Resolución 256/2009, creó un Programa Experimental de Manejo y Conservación de Bosques Nativos para el corriente año. Este programa está dirigido a propietarios o legítimos poseedores de predios en los que se encuentren bosques nativos, quienes están facultados para presentar un formulario informando un Plan de Manejo y Conservación ante cada autoridad jurisdiccional. Una vez aprobados, los planes serán remitidos a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable que realizará una selección final de los planes admisibles, dando especial atención a los planes presentados por pequeños productores, comunidades indígenas y la creación de nuevos puestos de trabajo. Los propietarios y poseedores de los planes aprobados recibirán una compensación por un plazo de hasta tres años con cargo al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos.