Mediante el Decreto N°564/2025 (el “Decreto”), publicado en el Boletín Oficial el 08 de agosto de 2025, el Poder Ejecutivo dispuso la transferencia de las acciones que componen el capital social de las empresas de titularidad de Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA), a la Secretaria de Energía dependiente del Ministerio de Economía.
La empresas afectadas por la medida en ciernes son:
- Alicurá Hidroeléctrica Argentina S.A. ;
- El Chocón Hidroeléctrica Argentina S.A.;
- Cerros Colorados Hidroeléctrica Argentina S.A. y
- Piedra Del Águila Hidroeléctrica Argentina S.A.,
La venta de las acciones que componen el capital social se realizará mediante un Concurso Público Nacional e Internacional sin base, bajo las modalidades previstas en los incisos 2) y 5) del artículo 17 de la Ley N° 23.696 y sus modificatorias, las que se ejecutarán de conformidad con el procedimiento establecido en el inciso 2 del artículo 18 de esa ley.
Las actuales concesionarias de las empresas podrán continuar operando los Complejos Hidroeléctricos que les fueron oportunamente otorgados en concesión, en tanto remitan, dentro de los cinco (5) días corridos de la entrada en vigencia de la norma, una Carta de Adhesión. Esto les permitirá a los concesionarios continuar con la concesión hasta el 31 de diciembre de 2025 o bien hasta que se lleve a cabo el concurso público nacional e internacional sin base, lo que ocurra primero.
Por el contrario, si las actuales concesionarias optaran por no adherir, deberán continuar generando energía durante noventa (90) días hábiles.
Dentro de los sesenta (60) días corridos siguientes a la entrada en vigencia del Decreto, el Ministerio de Economía, en coordinación con la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”, llamará a Concurso Público Nacional e Internacional sin base, competitivo y expeditivo, con el fin de proceder a la venta del paquete accionario mayoritario o controlante de las sociedades.
El Decreto entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Por medio del decreto 590/2025 publicado en el BO el 19/8 se dejo sin efecto el Decreto 546/2025 debido a un defecto formal. Sin perjuicio de ello, el Decreto 590/2025 replica el contenido del anterior.