Argentina ha adoptado nuevas normas para las investigaciones antidumping y de derechos compensatorios. Al sustituir las normas vigentes (establecidas por el Decreto nº 1326/98) por el Decreto nº 1393/08, el Gobierno introdujo una serie de cambios para favorecer a los productores locales.
Las nuevas normas aceleran los procedimientos de investigación sobre prácticas comerciales desleales al reducir el plazo de investigación de doce a diez meses, aunque el caso puede ampliarse hasta 18 meses en circunstancias especiales. En la práctica, la mayoría de los casos se cierran en el plazo ampliado.
El Decreto cambia la forma de calcular los plazos, que pasan de días hábiles a días naturales. Hasta ahora, aunque los plazos se calculaban en días laborables administrativos, las prórrogas concedidas por las autoridades se hacían en días naturales.
El Decreto también introduce normas sobre la retroactividad de los derechos antidumping. En virtud de la nueva normativa, las autoridades podrán imponer retroactivamente derechos antidumping sobre las importaciones fechadas hasta 90 días naturales antes de la aplicación de las medidas provisionales.
Por último, el nuevo reglamento amplía de uno a dos años el plazo mínimo que cualquier parte interesada debe esperar antes de solicitar a las autoridades que revisen la imposición del derecho basándose en un cambio de circunstancias.
Las nuevas normas entraron en vigor el 25 de septiembre de 2008 y serán aplicables a las investigaciones y reconsideraciones de medidas existentes iniciadas a raíz de solicitudes presentadas después de esa fecha. Las investigaciones iniciadas en virtud del Decreto nº 1326/98 seguirán rigiéndose por dicho decreto hasta su conclusión.