Allende & Brea – Estudio Jurídico

CNV redefine el plazo de excepción para transferencias de valores al exterior

El 29 de mayo de 2025, la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó la Resolución General 1067/2025, modificando el régimen aplicable a las transferencias de valores negociables desde o hacia el exterior.

La nueva normativa establece que no se aplicará el límite diario de ARS 200 millones cuando se trate de transferencias de valores negociables cuya amortización de (pago de capital) – total o parcial – ocurra no antes de dos años desde la fecha de emisión. Esta excepción, que hasta ahora requería un plazo mínimo de tres años, solo aplica si los títulos fueron adquiridos en una colocación o licitación primaria, y hasta el valor nominal suscripto. También se incluyen en este régimen los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL) emitidos por el Banco Central de la República Argentina.

La medida, en línea con el objetivo de la CNV de flexibilizar el régimen aplicable al mercado de cambios, apunta a facilitar operaciones genuinas de inversión y brindar mayor previsibilidad a quienes operan con instrumentos en moneda extranjera, manteniendo al mismo tiempo criterios de control y trazabilidad para los agentes del mercado.

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