El 22 de agosto de 2024, mediante la Comunicación “A” 8094 (“Comunicación”), el Banco Central de la República Argentina (“Banco Central”) incorporó una nueva operación que puede acceder al Mercado Único Libre de Cambios (“MULC”) para pagar importaciones de bienes oficializadas a partir del 13 de junio de 2024 en materia ferroviaria para los servicios de transporte de pasajeros y carga de jurisdicción nacional.
En ese sentido, los importadores de materiales ferroviarios tendrán acceso al MULC para cursar pagos antes de los plazos previstos por el Banco Central que imponen un diferimiento contado desde su ingreso aduanero de un 25% del valor FOB cada 30 días o, a partir del 1 de agosto de 2024, un diferimiento de pago en dos partes iguales del 50% del valor FOB a los 30 y 60 días desde su ingreso aduanero.
Las importaciones que se beneficien de esta Comunicación deben cumplir con los siguientes requisitos para cursar estos pagos a través del MULC:
- estar vinculadas a un plan de acción implementado por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía en el contexto de la emergencia pública en materia ferroviaria declarada por el Decreto 525/24; y
- contar con la documentación emitida por la Secretaría de Transporte que certifique que los bienes importados están incluidos en el plan de acción.