El Banco Central de la República Argentina (“Banco Central”) dictó la Comunicación “A” 8304, por la que modificó el régimen sobre el Relevamiento de Activos y Pasivos Externos (RAyPE), con el objetivo de reducir la carga administrativa para las empresas alcanzadas por este régimen.
La nueva normativa establece un esquema segmentado que distingue entre dos grupos de declarantes, según el volumen de sus activos y pasivos externos. Las personas humanas o jurídicas que registren un saldo de activos y pasivos externos de más de USD10 millones en un año calendario, mantendrán declaraciones trimestrales y la declaración anual simplificada, que incluye únicamente información con relación a inversores, estados de resultados, evolución del patrimonio neto y balance general.
Por su parte, aquellas personas humanas o jurídicas cuyo saldo de activos y pasivos externos sea inferior a USD 10 millones deberán presentar únicamente una declaración anual. En caso de que en algún trimestre se supere el umbral de USD10 millones, el declarante pasará a formar parte del primer grupo mencionado.
La implementación de este nuevo esquema comenzará con los datos correspondientes al primer trimestre de 2026. Los plazos máximos para la presentación y validación de las declaraciones continuarán siendo de 45 días corridos desde el cierre del trimestre calendario para las presentaciones trimestrales, 180 días para las presentaciones anuales del Grupo de más de USD10 millones, y 90 días para las presentaciones anuales del Grupo de menos de USD10 millones. La norma establece que las entidades bancarias no podrán cobrar comisiones por reportar circunstancias que impliquen una reducción de deudas sin acceso al mercado de cambios.