Allende & Brea – Estudio Jurídico

Alerta de noticias antimonopolio – 9 de mayo de 2018

El 9 de mayo de 2018, la Cámara de Diputados de la Nación Argentina aprobó un proyecto de Ley de Defensa de la Competencia (el «Proyecto»), que fue previamente aprobado por el Senado el 18 de abril de 2018.

Ahora, dentro de los próximos 10 días hábiles el Poder Ejecutivo deberá promulgar expresamente el Proyecto de Ley, caso contrario, el Proyecto se considerará aprobado tácitamente como ley. Con la promulgación expresa del Proyecto de Ley, el Poder Ejecutivo está facultado a introducir observaciones no sustanciales, sin embargo, las mismas no son esperables ya que el Proyecto ha sido redactado por y cuenta con la aprobación del oficialismo en Argentina.

La promulgación del Proyecto de Ley implicará los siguientes cambios en el actual régimen de defensa de la competencia vigente en Argentina:

Presunción de ilegalidad para los carteles duros – El Proyecto crea una presunción de ilegalidad para los carteles duros, creando así una excepción al marco general de análisis de la regla de la razón para conductas anticompetitivas.

Reforma del marco institucional – El Proyecto de Ley prevé la creación de la Autoridad Nacional de Defensa de la Competencia, como organismo de competencia descentralizado e independiente en el ámbito del Poder Ejecutivo. La Autoridad Nacional de Defensa de la Competencia estará integrada por el Tribunal de Defensa de la Competencia, la Secretaría de Investigación de Conductas Anticompetitivas y la Secretaría de Concentraciones Económicas. Las personas que componen estos órganos tendrán mandatos de cinco años que podrán ser renovados una sola vez, y sólo podrán ser removidos con la debida justificación.

Mayores sanciones por conductas anticompetitivas – Las multas se establecerán de acuerdo con el mayor de los siguientes criterios: (i) hasta el 30% del volumen de negocios relacionado con los productos afectados multiplicado por el número de años que haya durado la conducta ilícita, suma que no podrá exceder del 30% del volumen de negocios nacional alcanzado por los grupos económicos involucrados en la conducta ilícita durante el ejercicio fiscal anterior; o (ii) el doble del beneficio ilícito obtenido.Si las multas no pueden establecerse utilizando los métodos (i) o (ii) anteriores, las multas para cada infractor no podrán superar la cantidad de aproximadamente 200 millones de dólares. La reincidencia estará sujeta a una duplicación de la multa.

Introducción de un Programa de clemencia – La creación de un Programa de clemencia que eximirá totalmente de cualquier sanción a la primera parte que solicite clemencia y cumpla ciertos requisitos, y reduciría las multas entre un 50% y un 20% para los solicitantes posteriores que aporten información útil para demostrar una colusión.

El proyecto de ley también contempla la introducción de un mecanismo de clemencia plus por el que un solicitante de clemencia tendrá derecho a una reducción de la multa de hasta 1/3 por su participación en el primer cártel, si proporciona información útil sobre un cártel diferente.

Cambios en el control de concentraciones – El proyecto de ley introduce varios cambios en el sistema de control de concentraciones existente, en particular, la aplicación de un régimen de control previo a las concentraciones; una actualización y modificación de los umbrales de notificación que se establecieron en pesos en la reforma de 1999 (desde entonces el peso argentino se devaluó más de 20 veces con respecto al dólar estadounidense) y los métodos utilizados para su cálculo; y la introducción de un mecanismo de vía rápida para las transacciones que probablemente no afecten a la competencia. Además, el proyecto de ley establece las tasas de presentación, que oscilarán aproximadamente entre 5.000 y 20.000 dólares estadounidenses.

Acciones por daños y perjuicios – El proyecto de ley permite a cualquier parte perjudicada interponer acciones por daños y perjuicios como consecuencia de infracciones de la legislación antimonopolio.
En particular, el proyecto de ley prevé el efecto vinculante en los tribunales de cualquier decisión previa de infracción adoptada por la Autoridad Nacional de Defensa de la Competencia.

Revisión judicial – El proyecto de ley prevé la creación de una sala especializada en defensa de la competencia dentro de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Civil y Comercial, que actuaría como tribunal competente en los recursos contra las decisiones de la Autoridad Nacional de Defensa de la Competencia.

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea. Por cualquier consulta no duden en comunicarse con nosotros.

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