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El Senado aprueba el proyecto de ley que modifica la Ley de Defensa de la Competencia argentina

El Senado de Argentina aprobó el 4 de febrero de 2021 un proyecto de ley (el «Proyecto de Ley») para modificar la Ley de Defensa de la Competencia de Argentina de 2018 (la “Ley de Defensa de la Competencia”).

El Proyecto de Ley introduce varios cambios en la Ley de Defensa de la Competencia, entre los que destacan:

  • Control previo de concentraciones – La reducción del plazo de suspensión para que entre en vigor el régimen de control previo de concentraciones. La Ley de Defensa de la Competencia había suspendido el régimen ex ante hasta un año después de la creación de la Autoridad Nacional de Defensa de la Competencia. Ahora, el Proyecto establece que el régimen ex ante comenzará a regir 90 días hábiles después de la publicación del Proyecto aprobado en el Diario Oficial. Por lo tanto, si la Cámara de Diputados aprueba el proyecto de ley en las próximas semanas, el régimen ex ante comenzará a mediados de julio de 2021 aproximadamente y ninguna transacción sujeta a la aprobación obligatoria de defensa de la competencia podrá cerrarse después de mediados de julio de 2021 sin la autorización previa de la Autoridad Nacional de Defensa de la Competencia (la «Autoridad Nacional de Defensa de la Competencia»).
  • Eliminación del programa de clemencia y de los acuerdos – El proyecto de ley revoca completamente el programa de clemencia establecido en la Ley de Defensa de la Competencia y la posibilidad de que las partes de una investigación negocien acuerdos con la Autoridad de Defensa de la Competencia. El programa de clemencia se introdujo en 2018, aunque no se conoce ningún caso de solicitud de clemencia. El procedimiento de transacción para los casos de conducta se introdujo en la reforma de 1980 y se ha utilizado en varios casos, incluido el caso Prisma de 2017 relativo a los sistemas de pago electrónico.
  • Politización de la Autoridad Nacional de Defensa de la Competencia – El proyecto de ley introduce varios cambios con el fin de permitir una mayor influencia política en los casos de defensa de la competencia. Estos cambios incluyen, entre otros, una flexibilización en el proceso de designación de los miembros de la Autoridad Nacional de Defensa de la Competencia; la reubicación de la Autoridad Nacional de Defensa de la Competencia bajo la influencia administrativa de la Secretaría de Comercio Interior; y la prohibición de designar abogados o economistas con experiencia previa en defensa de la competencia en el sector privado durante los últimos 3 años.

Otros cambios relevantes introducidos por el Proyecto de Ley incluyen:

  • Eliminación de la aprobación tácita y del mecanismo fast-track en los casos de control de concentraciones.
  • Creación de una Secretaría de Investigaciones de Mercado y Defensa de la Competencia.
  • Eliminación del proceso de consulta para casos de acuerdos entre competidores.
  • Eliminación de la confidencialidad de los procedimientos de investigación de conductas.

El Proyecto de Ley pasará ahora a la Cámara de Diputados para su consideración y se encuentra entre los incluidos por el gobierno de Argentina para ser tratados durante las sesiones extraordinarias del Congreso. Por lo tanto, la Cámara de Diputados no tiene que esperar hasta que el Congreso vuelva a reunirse el 1 de marzo de 2021 para considerar el proyecto de ley.

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea. Por cualquier consulta no duden en comunicarse con nosotros.

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