Allende & Brea – Estudio Jurídico

La Autoridad Nacional de la Competencia actualiza los umbrales de notificación para concentraciones económicas y las multas por infracciones

El 16 de enero de 2026, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 6/2026 del Tribunal de Defensa de la Competencia, parte integrante de la Autoridad Nacional de la Competencia, mediante la cual se incrementó a 1450,05 pesos el valor de la unidad móvil creada como referencia por la Ley N° 27.442 de Defensa de la Competencia (la “LDC”), actualizando en consecuencia los umbrales de notificación para las operaciones de concentración económica, así como las multas establecidas en la LDC.

De conformidad con la LDC, tanto los umbrales de notificación para operaciones de concentración económica como las multas por infracciones se encuentran expresados en unidades móviles, cuyo valor debe ser actualizado anualmente por la Autoridad Nacional de la Competencia siguiendo la evolución del índice de precios al consumidor (IPC).

El aumento del valor de la unidad móvil tiene un impacto en los umbrales de notificación para las operaciones de concentración económica, así como en las multas por infracciones a la LDC. Las principales modificaciones resultantes del aumento del valor de la unidad móvil se detallan a continuación:

(i) Umbrales actualizados para Operaciones de Concentración Económica

Las operaciones de concentración económica deberán notificarse cuando las ventas conjuntas netas en Argentina del grupo adquirente y del grupo objeto superen 145.005 millones de pesos durante el último ejercicio (aproximadamente 97,9 millones de dólares tomando en consideración el tipo de cambio vigente el 31 de diciembre de 2025).

Asimismo, se actualizó la excepción conocida como “de minimis”. En consecuencia, las operaciones de concentración económica que superen el umbral de ventas conjuntas arriba descripto, se encontrarán exentas de notificación si tanto el precio de la porción argentina de la operación como el valor de los activos que se adquieran o transfieran en Argentina no exceden 29.001 millones de pesos (aproximadamente 19,9 millones de dólares al tipo de cambio actualmente vigente), excepto cuando el grupo adquirente hubiera efectuado una o más operaciones de concentración económica en el mismo mercado en Argentina en los últimos 12 meses que, conjuntamente con la operación de concentración económica bajo análisis, superen conjuntamente el monto de 29.001 millones de pesos (aproximadamente 19,9 millones de dólares al tipo de cambio actualmente vigente) o que en los últimos 36 meses superen el monto de 87.003 millones de pesos (aproximadamente 59,7 millones de dólares al tipo de cambio actualmente vigente).

(ii) Multas actualizadas por infracciones a la LDC

Las multas por conductas anticompetitivas, cuando éstas no puedan ser calculadas en base a los tests relativos al 30% del volumen de negocios en Argentina o las ganancias ilícitas obtenidas por el infractor, no podrán exceder los 290.010 millones de pesos (aproximadamente 199,3 millones de dólares al tipo de cambio actualmente vigente).

Las multas diarias por el incumplimiento de órdenes de cese, notificación tardía y las prácticas de gun-jumping, cuando no puedan ser calculadas utilizando el test del volumen de negocios previsto en la LDC, ahora podrán ascender a 1.087,5 millones de pesos (aproximadamente 747.400 de dólares al tipo de cambio actualmente vigente).

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea. Por cualquier consulta no duden en comunicarse con nosotros.

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