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News Alert Antitrust – La Secretaría de Comercio Interior implementó la plataforma de trámites a distancia (TAD) para los procedimientos de operaciones de concentraciones económicas y solicitudes de opiniones consultivas

El 18 de agosto de 2020, por medio de la Resolución Nº 231/2020 (la “Resolución”), la Secretaría de Comercio Interior implementó la plataforma de Trámites a Distancia (“TAD”) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) en los procedimientos de operaciones de concentraciones económicas y de solicitudes de opiniones consultivas que tramitan bajo la Ley N° 27.442 de Defensa de la Competencia (“LDC”) y su predecesora. La Resolución dispone que deberán canalizarse a través de la plataforma TAD: (i) los requerimientos y/o presentaciones relacionados con expedientes correspondientes a notificaciones de concentraciones económicas y/o solicitudes de opiniones consultivas que se encuentren en trámite actualmente; y (ii) la notificación de nuevas operaciones de concentración económica y/o solicitudes de opiniones consultivas.

La plataforma TAD, aprobada mediante el Decreto N° 1.063/2016, permite la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros. A su vez, permite a las partes de un procedimiento acceder a los expedientes, efectuar presentaciones, tomar vista de las tramitaciones ya iniciadas y ser notificados de las providencias o resoluciones que se dicten en consecuencia.

En este sentido, los documentos y expedientes generados en soporte electrónico y los reproducidos en soporte electrónico a partir de originales de primera generación son considerados originales y tienen idéntica eficacia y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel.

La Resolución entrará en vigencia el 26 de agosto de 2020. Se espera que en el futuro próximo la autoridad de aplicación de la LDC emita precisiones adicionales en relación a los pormenores de la aplicación del TAD a las operaciones de concentración económica y las solicitudes de opiniones consultivas.

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea. Por cualquier consulta no duden en comunicarse con nosotros.

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