Un usuario de un exchange inició un proceso judicial solicitando diligencias preliminares para obtener información sobre la sociedad externa detrás de la plataforma, con el fin de demandar por daños y perjuicios sufridos debido a una ciberestafa que lo dejó sin activos. La justicia de grado rechazó el pedido, pero el usuario apeló, argumentando la necesidad de dicha información para garantizar un proceso legal adecuado.
El caso llegó a la Sala C de la Cámara Comercial. Las magistradas consideraron que se trataba de una medida preparatoria que era necesaria para obtener información crucial y garantizar un proceso legal adecuado.
El Artículo 389 del CPCCN permite solicitar a terceros la exhibición de documentos, y la lista del Artículo 323 CPCCN no es taxativa, por lo que el pedido de información del usuario fue admitido por la Cámara Comercial. La demandada deberá proporcionar “el nombre del sujeto que en representación de la sociedad externa hubiese intervenido en las contrataciones y el domicilio indicado”. En este sentido, se hizo lugar al recurso de apelación y se revocó la resolución impugnada, sin costas.
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