Allende & Brea – Estudio Jurídico

Aumento salarial obligatorio para empleados del sector privado

El 4 de enero de 2020 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 14/2020 por el que se estableció un aumento salarial obligatorio para los trabajadores del sector privado. El aumento debe ser concedido a todos los empleados, independientemente de si se encuentran bajo algún convenio colectivo específico.


El aumento para cada empleado se estableció en $3.000 (pagaderos con el salario de enero) y un aumento adicional de $1.000 (a partir de febrero), lo que significa un aumento total de $4.000. Este aumento debe reflejarse en los recibos de sueldos bajo el rubro “incremento solidario”.

El decreto establece que el aumento pasará a formar parte del salario (es decir, que las obligaciones de seguridad social e impositivas se pagarán en consecuencia y que deberá incluírselo al liquidar conceptos como SAC, vacaciones, horas extras e indemnizaciones) y que podrá ser considerado para futuros aumentos. El decreto establece que este aumento no se incluirá en el cálculo de ningún incremento salarial previsto en el Convenio Colectivo o en el contrato de trabajo individual entre las partes.

Aquellos empleados que tengan una jornada de trabajo reducida, el aumento deberá ser otorgado en proporción.

Quedan excluidos de esta medida los trabajadores agrarios y el personal de casas particulares.

 

 

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