Allende & Brea – Estudio Jurídico

Prórroga de prohibición de despidos y suspensiones

El Decreto 266/2021 (el “Decreto”) prorrogó hasta el 31 de mayo de 2021 la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.

La norma también prorrogó hasta el 31 de mayo de 2021 la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo.

Quedan exceptuadas de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, es decir, aquellas pactadas individual o colectivamente y homologadas por la autoridad del trabajo, y cuando en virtud de causales de falta o disminución de trabajo, no imputables al empleador, o fuerza mayor debidamente comprobada, el trabajador no realice la prestación laboral a su cargo.

El Decreto dispone que no tendrán efecto alguno los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto por dicha norma, en cuyo caso establece que se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones. El Decreto no será aplicable a quienes se encuentren comprendidos en el régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción de la Ley 22.250 y a las contrataciones celebradas con posterioridad al 13 de diciembre de 2019.

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