Allende & Brea – Estudio Jurídico

Prórroga doble indemnización para despidos sin causa

El 30 de noviembre de 2020 se publicó el Decreto 961/2020, que amplió hasta el 25 de enero de 2021 la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto 34/2019. El Decreto también prorroga hasta el 25 de enero de 2021 la duplicación de la indemnización correspondiente en caso de despido sin justa causa, sin perjuicio de la prohibición de despidos vigente y prorrogada recientemente por el Decreto 891/2020. La duplicación comprende todos los rubros indemnizatorios originados con motivo del despido sin causa. Asimismo, la duplicación será aplicable en los casos de despido indirecto en los términos del art. 246 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744.

La duplicación no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad al 13 de diciembre de 2019 ni al sector público nacional.

En los considerandos del Decreto se dispuso que sin perjuicio de la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, y por las causales de falta o disminución de trabajo, establecida por el Decreto 329/20 prorrogado por los Decretos 487/20, 761/20 y 891/20, se prevé la posibilidad de aplicar la duplicación a aquellas extinciones de relaciones laborales por denuncia del contrato de trabajo por parte del empleado derivado de incumplimientos graves del empleador o por la aceptación por parte del trabajador de la eficacia extintiva, teniéndose especialmente en cuenta aquellos supuestos en los que se torna difícil acceder a la reinstalación, ya sea por la clandestinidad laboral o el cese de actividades.

Si bien dichos supuestos no han sido mencionados expresamente en los artículos de la norma sino solamente en sus considerandos, es muy probable que sea tenidos en cuenta por la Justicia del Trabajo frente a un eventual reclamo judicial.

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea. Por cualquier consulta no duden en comunicarse con nosotros.

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