Mediante Resolución N° 2/2024, la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (la “ARICCAME”) aprobó el Reglamento de Procedimiento Sancionatorio ante supuestos de infracciones al Marco Regulatorio para el desarrollo de la Industria del Cannabis Medicinal y el Cáñamo Industrial – Ley N° 27.669 (el “Reglamento”).
Los principales aspectos introducidos por el Reglamento a tener en consideración son:
1. El Reglamento se aplicará a todos aquellos supuestos en los que presuntamente se infrinjan las disposiciones del Marco Regulatorio para el desarrollo de la Industria del Cannabis Medicinal y el Cáñamo Industrial y sus normas reglamentarias y complementarias (el “Marco Regulatorio de la Industria del Cannabis”).
2. La Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su Decreto Reglamentario, serán de aplicación supletoria, especialmente en lo que respecta a plazos y al procedimiento impugnatorio.
3. La ARICCAME dará intervención a aquellos Organismos que por la materia de la infracción tengan competencia, y designará, junto con la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la ex Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, a un instructor que llevará adelante el proceso de instrucción sumarial.
4. La ARICCAME, en función del informe realizado por el instructor, será quien defina la sanción a aplicar o la absolución de los cargos a los sujetos implicados, mediante una resolución fundada que podrá ser impugnada mediante los recursos dispuestos por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su Decreto Reglamentario.
5. La ARICCAME podrá aplicar las siguientes sanciones:
a. Apercibimiento
b. Multa
c. Suspensión de la autorización para desarrollar la actividad.
d. Caducidad de la autorización por falta de explotación.
e. Inhabilitación para operar.
6. Los sujetos que hayan presuntamente infringido el Marco Regulatorio de la Industria del Cannabis podrán optar por la aplicación de un procedimiento abreviado para la aplicación de apercibimientos, toda vez que no concurran circunstancias que ameriten la apertura de sumario.