Mediante la Resolución 63/2026, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) actualizó el sistema de notificaciones aplicable a los trámites ante la Dirección Nacional de Marcas, en línea con el proceso de digitalización integral y las recientes reformas al régimen marcario.
A partir del 1° de marzo de 2026, las vistas, los traslados, las resoluciones de los recursos de reconsideración y jerárquicos, las denuncias de ilegitimidad y los actos interlocutorios serán notificados en la sede electrónica del usuario. Por su parte, las resoluciones finales dictadas por la Dirección Nacional de Marcas -incluyendo la falta de mantenimiento de una oposición- continuarán notificándose mediante su publicación en el Boletín de Marcas.
Asimismo, el INPI eliminó el plazo de suspensión que regía bajo el esquema anterior, en virtud del cual los plazos comenzaban a contarse 30 días corridos después de la publicación en el Boletín de Marcas. A partir de marzo, los plazos se computarán desde el día siguiente a la notificación electrónica o la publicación en el Boletín de Marcas, según sea el caso.
Por último, la Resolución 63/2026 dispone que las tomas de intervención y las modificaciones al domicilio legal electrónico deberán efectuarse obligatoriamente a través del Portal de Trámites del INPI, bajo carácter de declaración jurada.

