Mediante el Decreto 462/2025 (en adelante, el “Decreto”) publicado en el Boletín Oficial el 8 de julio de 2025, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso la disolución, transformación y reorganización de diversos organismos estatales, con el objetivo de optimizar la utilización de los recursos públicos.
Entre las medidas adoptadas, la nueva normativa dispuso la transformación del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (en adelante, el “INPI”), estableciendo que el mismo dejará de funcionar como organismo descentralizado para convertirse en un organismo desconcentrado de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 53 y 90 del Decreto, el INPI conservará su rol como autoridad de aplicación de la Ley de Marcas y Designaciones Nº 22.362, de la Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad Nº 24.481, y del Decreto Nº 6.673/63 sobre modelos y diseños industriales. La norma aclara que esta transformación no afectaría la continuidad de las funciones esenciales del organismo, las cuales se garantizarían mediante la readecuación de sus estructuras organizativas.
El Decreto también dispuso la disolución de otros entes, como la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), el Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (INAFCI), el Instituto Nacional de Semillas (INASE) y la Comisión Nacional de Semillas, cuyas competencias serían absorbidas por otros ministerios y secretarías.
Finalmente, se destaca que, aunque la disolución de los organismos tiene efecto inmediato desde la publicacion de la norma, sus funciones continuarán en forma transitoria hasta tanto se complete el proceso de reasignación institucional e implementación de nuevas estructuras.
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