Allende & Brea – Estudio Jurídico

El Poder Ejecutivo ratifica la nueva definición de “ejecución pública” y desestima el reclamo de SADAIC

Mediante el Decreto 546/2025 (en adelante, el “Decreto”) publicado en el Boletín Oficial el 6 de agosto de 2025, el Poder Ejecutivo Nacional ratificó la validez del Decreto 765/2024, que redefinió el alcance del concepto de “ejecución pública” previsto en la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual.

En su articulado, el Decreto desestimó el reclamo presentado por la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (en adelante, “SADAIC”), ratificando la exclusión de determinadas representaciones o ejecuciones realizadas en ámbitos privados.

En este marco, la reforma introducida por el Decreto 765/2024 tuvo por finalidad delimitar con mayor precisión el concepto de “ejecución pública”, excluyendo de sus alcances a las representaciones o ejecuciones que se desarrollen en espacios cuyo acceso esté restringido al público general, ya sea de ocupación permanente o temporal.

En consecuencia, la Dirección Nacional del Derecho de Autor desestimó la supuesta vulneración de la normativa constitucional alegada por SADAIC y respaldó la legitimidad del Decreto 765/2024. El organismo concluyó que la norma no infringe la Constitución Nacional, ni tratados o pactos internacionales, dado que se encuentra preservado el derecho exclusivo del autor de autorizar la recitación, representación y ejecución pública de sus obras, así como a percibir una remuneración equitativa cuando exista un beneficio económico directo o indirecto derivado de su utilización pública.

Finalmente, el Decreto da por concluida la instancia administrativa y habilitando a SADAIC a recurrir a la vía judicial si así lo considera.

Link al Decreto.

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea. Por cualquier consulta no duden en comunicarse con nosotros.

Áreas relacionadas