Allende & Brea – Estudio Jurídico

Modificaciones al régimen de aprobación de planes y elementos técnicos y contractuales

Por medio de la Resolución N° 197/2024 (la “Resolución”), la Superintendencia de Seguros de la Nación (la “SSN”) ha introducido diversas modificaciones al punto 23 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (el “RGAA”), relativo a los lineamientos y requisitos para la comercialización de planes y elementos técnicos y contractuales por parte de las aseguradoras sujetas a supervisión de la SSN.

Como principal medida, la SSN implementó un sistema denominado “Sistema de Depósito de Planes”. Bajo este sistema, las aseguradoras podrán operar las condiciones contractuales y tarifarias aprobadas por la SSN – que se encuentran detallados en el anexo del punto 23.2 del RGAA – de manera inmediata luego de haber depositado el plan correspondiente ante la SSN bajo los requisitos establecidos. A los efectos de permitir la presentación de planes de seguro no contemplados en el anexo antes mencionado, la Resolución establece que dichos planes deberán ser autorizados con carácter particular a través de una presentación compuesta de los mismos requisitos establecidos para el Sistema de Depósito de Planes.

En conjunto con las nuevas disposiciones sobre planes contractuales, la Resolución también modifica el régimen de emisión de pólizas de Grandes Riesgos para establecer que abarcará a todas aquellas pólizas que posean sumas aseguradas mayores a $5.000.000.000 (pesos cinco mil millones), modificando así el antiguo umbral de $250.000.000 (pesos doscientos cincuenta millones). Si bien se mantiene como requisito que dichos seguros no involucren Seguros de Personas y tampoco hayan sido previamente aprobados por la SSN (a partir de la Resolución, a través del depósito de planes o de autorizaciones de carácter particular), se modifican los requisitos de carácter previo y posteriores a la emisión de esta clase de pólizas.

Finalmente, la Resolución modifica los lineamientos en materia de microseguros y el listado de condiciones de carácter general y uniforme de uso obligatorio incluidos en el punto 23.6 del RGAA, a los efectos de incorporar las resoluciones de carácter general y uniforme de uso obligatorio no contempladas.

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea. Por cualquier consulta no duden en comunicarse con nosotros.

Áreas relacionadas