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Emergencia pública en materia sanitaria: COVID-19. Nueva extensión de suspensión de plazos administrativos

El Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 678/2020, publicado en el Boletín Oficial el 16 de agosto de 2020. A través de esta norma, el Ejecutivo dispuso la extensión de la suspensión de los plazos administrativos del 16 al 30 de agosto, inclusive.

Suspensión de plazos

El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 678/2020 (el “Decreto”) vigente desde el 16 de agosto de 2020, extiende la suspensión de los plazos administrativos de los procedimientos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017 y por otros procedimientos especiales, desde el 16 de agosto de 2020 hasta el 30 de agosto de 2020, inclusive.

Al igual que sus predecesoras, el Decreto faculta al Sector Publico Nacional a disponer las excepciones que crea correspondientes a esta suspensión.

En virtud de ello, la regla respecto a la suspensión de los plazos en los procedimientos ante la Administración Pública Nacional será la suspensión, y la excepción será su habilitación. Por lo que deberá estarse a las resoluciones que emitan las distintas autoridades correspondientes.

Copiamos link a publicación en el Boletín Oficial: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/340000-344999/341151/norma.htm.

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