Allende & Brea – Estudio Jurídico

SENASA crea el Programa de Fiscalización y Monitoreo en Medios Digitales

 

El nuevo programa tiene por objetivo detectar anuncios o avisos publicitarios en sitios web que pudiesen hallarse en infracción a la normativa sanitaria vigente.

El 4 de mayo de 2020 el Boletín Oficial de la República Argentina publicó la Resolución N°  344/20 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (en adelante, la “Resolución”), mediante la cual se creó el  Programa de Fiscalización y Monitoreo en medios digitales (el “Programa”).

El Programa tiene los siguientes objetivos:

a. Asegurar el control, por parte del SENASA y en el ámbito de sus competencias, del contenido publicado en los sitios web que comercialicen productos, subproductos y/o derivados de origen animal y vegetal, contemplados en el Artículo 1° de la Ley N° 27.233.

b. Suscribir convenios con los distintos actores públicos y privados a los fines de implementar el control al que se hace referencia en el inciso a).

c. Articular con las distintas áreas del SENASA las acciones a desarrollarse a los efectos de la implementación de los convenios que se suscribirán oportunamente.

d. Detectar anuncios o avisos publicitarios efectuados por usuarios de los sitios web, que pudiesen hallarse en infracción a la normativa sanitaria vigente.

Cabe destacar que el Programa se creó ya que se ha observado que existen numerosas compañías de tecnología y sitios web que ofrecen soluciones de comercio electrónico, en virtud de las cuales cualquier persona o empresa puede comprar, vender, pagar, enviar y publicar una amplia gama de productos y servicios a través de internet. En ese sentido, se ha constatado que mediante dichas modalidades de compra y venta, se comercializan productos veterinarios, mascotas, animales no domésticos y alimentos para animales, fertilizantes, agroquímicos, entre otros.

Por tal motivo el organismo consideró que resulta necesaria su intervención como órgano de contralor en dichas operaciones, a los fines de evitar la venta de productos o sustancias prohibidas que pueden atentar contra la salud de los consumidores.

Por medio de la celebración de convenios de colaboración recíproca con distintos actores del sector público y privado que permitan a SENASA tener acceso a aquellas plataformas/medios digitales que requieran de la fiscalización y monitoreo del Organismo, el SENASA podrá disponer de información adicional de quienes realizan las publicaciones, controlar un canal de venta al cual no tenía acceso hasta el momento y contar con una herramienta que amplíe su espectro de acción, con lo que permitirá optimizar los recursos disponibles y detectar anuncios o avisos publicitarios efectuados por usuarios de los sitios web que pudiesen hallarse en infracción a la normativa sanitaria vigente.

Por último, es necesario destacar que la Resolución aclara que el Programa de Fiscalización y Monitoreo en medios digitales no implica la creación de nuevas estructuras ni erogación presupuestaria adicional para el Estado Nacional

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea. Por cualquier consulta no duden en comunicarse con nosotros.

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