Allende & Brea – Estudio Jurídico

La Comisión Nacional de Valores modifica los plazos de tenencia mínima obligatoria para operar con títulos valores

El 10 de abril de 2023, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), aprobó la Resolución General 957/2023 (“Resolución”) ampliando los plazos mínimos de tenencia para operaciones y transferencias de valores negociables.

La Resolución mantiene en 1 (un) día hábil el plazo mínimo de tenencia en cartera para la venta de valores negociables liquidados contramoneda extranjera y jurisdicción local, cuando trate de un título valor emitido bajo ley argentina. Aquellas operaciones de venta con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción extranjera de valores emitidos en ley extranjera, el plazo mínimo de tenencia aumentó de 2 (dos) días hábiles a 3 (tres) días hábiles. Ambos plazos serán contados a partir de la acreditación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables.

Por otro lado, para operaciones de títulos valores emitidos bajo ley local, el plazo mínimo de tenencia en cartera pasa de 2 (dos) días hábiles a 1 (un) día hábil para los valores adquiridos en el mercado local, y se mantiene en 2 (dos) días hábiles cuando los mismos provengan del exterior. De la misma manera, se mantiene en 2 (dos) días hábiles el plazo mínimo para la transferencia al exterior de valores negociables adquiridos en moneda local.

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