Allende & Brea – Estudio Jurídico

Las billeteras virtuales deberán distribuir a los clientes la totalidad de la rentabilidad que generen por sus depósitos

Las billeteras virtuales deberán distribuir a los clientes la totalidad de la rentabilidad que generen por sus depósitos

El 24 de agosto de 2023, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) aprobó la Comunicación “A” 7825, la cual establece que los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (“PSPCP”) deberán trasladar totalmente a sus clientes la retribución que perciban por los saldos en pesos de los fondos de sus clientes depositados en entidades financieras.

La decisión tomada por el BCRA alcanza a los fondos depositados en las PSPCP que, por decisión de los clientes, no estuvieran invertidos. En este sentido, la normativa vigente establece que el 100% de los fondos de los clientes de las PSPCP debe encontrarse depositado en cuentas a la vista en pesos en entidades financieras de la Argentina, pudiendo integrarse en un 45% con Bonos del Tesoro Nacional (“Bonos”). A raíz de esto, el 45% integrado con los Bonos generaba cierta rentabilidad, que ahora las PSPCP estarán obligadas a trasladar a sus clientes.

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea. Por cualquier consulta no duden en comunicarse con nosotros.

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