Allende & Brea – Estudio Jurídico

Modificaciones a las regulaciones sobre proveedores no financieros de crédito y empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra

El 22 de octubre del 2020, por la Comunicación “A” 7146, el Banco Central de la República Argentina (“Banco Central”), dispuso adecuaciones a las normas sobre proveedores no financieros de crédito, extendiendo la aplicación de la Ley de Entidades Financieras a los “Otros proveedores no financieros de crédito”, estableciendo que serán sujetos obligados, en cuanto a las normas sobre “Protección de los usuarios de servicios financieros”, en relación a las financiaciones que otorguen.

Entre las adecuaciones incorporadas por la Comunicación, se destacan las siguientes:

• Se establece la obligatoriedad de la inscripción en el “Registro de otros proveedores no financieros de crédito” para los otros proveedores no financieros de crédito (“Proveedores no Financieros”), y para las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra (“Emisores de Tarjetas de Crédito”), cuando hayan otorgado financiaciones por un importe superior a $ 10 millones.

• A partir del 1 de marzo de 2021, los Proveedores No Financieros y los Emisores de Tarjetas de Crédito deberán cumplir con lo previsto en las Secciones “Transparencia”, “Reclamos” y “Régimen Informativo Contable Mensual”.

• Se determina la aplicación de disposiciones sobre “Tasas de Interés en las Operaciones de Crédito” dictadas por el Banco Central a los Proveedores No Financieros y a los Emisores de Tarjetas de Crédito, respecto de las financiaciones no incluidas en la Ley de Tarjetas de Crédito.

• Los Proveedores No Financieros y los Emisores de Tarjetas de Crédito, estarán obligados a presentar un informe de cumplimiento, con las correspondientes certificaciones, el cual deberá elaborarse conforme lo establezca el Banco Central.

• Se aclara que las disposiciones no serán de aplicación para las asociaciones mutuales y cooperativas.

• Por último, la Comunicación establece un cronograma de adecuación cuya culminación tendrá lugar el 1 de marzo de 2021.

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea.

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