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Marco de Financiamiento Soberano Sostenible

Marco de Financiamiento Soberano Sostenible - Allende & Brea

El Ministerio de Economía aprobó, mediante la Resolución N° 1.643/2023, publicada en el Boletín Oficial el 16 de noviembre de 2023, el “Marco de Financiamiento Soberano Sostenible” (el “Marco”), que establece los criterios para la emisión de bonos y/o préstamos soberanos verdes, sociales y/o sostenibles, tanto en los mercados de deuda locales como internacionales.

El Marco, por un lado, establece las prioridades de Argentina en materia ambiental y en materia social, definiendo así el tipo de programas que podrán ser financiados por este tipo de instrumentos.

En materia ambiental, se prevé financiar programas relacionados con las siguientes categorías ambientales:

  • Aprovechamiento y gestión sostenible de los recursos hídricos;
  • Conservación de los sistemas ecológicos y la biodiversidad;
  • Eficiencia energética;
  • Energías renovables;
  • Manejo forestal sostenible;
  • Movilidad Sostenible;
  • Producción agropecuaria sostenible.

En materia social, el Marco prevé el financiamiento de programas tendientes a revertir las problemáticas:

  • Acceso, calidad, permanencia y terminalidad en el sistema educativo;
  • Acceso a vivienda e infraestructura básica asequible;
  • Acceso a un sistema de salud integral y de calidad;
  • Generación y fomento del empleo y desarrollo de las economías regionales;
  • Avance socioeconómico y empoderamiento de grupos vulnerables y minoritarios;
  • Promoción de la igualdad de género y la diversidad;
  • Seguridad alimentaria sostenible.

Por otro lado, el Marco está alineado con los Principios de Bonos Verdes 2021 (GBP, por sus siglas en inglés), Principios de Bonos Sociales 2021 (SBP, por sus siglas en inglés), y la Guía de los Bonos Sostenibles (SBG, por sus siglas en inglés), establecidos por la Asociación Internacional de Mercados de Capitales (ICMA, por sus siglas en inglés). Además, se alinea con los Principios de Préstamos Verdes 2021 (GLP, por sus siglas en inglés) y los Principios de Préstamos Sociales 2021 (SLP, por sus siglas en inglés), establecidos por la Asociación del Mercado de Préstamos (LMA, por sus siglas en inglés), Asociación de Préstamos Sindicados y Comerciales (LSTA, por sus siglas en inglés) y Asociación del Mercado de Préstamos de Asia y el Pacífico (APLMA, por sus siglas en inglés).

El Marco incluye cuatro componentes:

  1. Uso de los Fondos: los ingresos netos de los bonos o préstamos verdes, sociales y/o sostenibles del Gobierno de Argentina se utilizarán para financiar, en parte o en su totalidad, programas nuevos o existentes que correspondan a una de las categorías ambientales y/o sociales elegibles, o refinanciarlos en la medida que hayan tenido desembolsos en los últimos 12 meses previos a la fecha de emisión del instrumento temático.
  2. Proceso de Selección y Evaluación de Proyectos: el proceso de evaluación y selección de los proyectos elegibles para los instrumentos de financiamiento temático se llevará a cabo por un Comité de Evaluación y Selección (el “Comité”, CES) definido y conformado dentro del Ministerio de Economía de la Nación (MECON), creado a través de la Resolución 1529/2023.
  3. Gestión de los Fondos: el seguimiento de los recursos del instrumento temático estará a cargo del Ministerio de Economía de la Nación, garantizando el financiamiento de los proyectos ambientales y/o sociales elegibles nuevos o existentes, según se define en el Marco. La asignación de fondos será verificada por un auditor externo anualmente hasta la asignación total del instrumento y será reportada en el informe anual. La trazabilidad de los recursos será garantizada por la Secretaría de Hacienda.
  4. Reporte: para cada emisión de bono etiquetado, el MECON elaborará dos reportes: (1) un reporte de asignación de fondos y (2) un reporte de impacto para mostrar los beneficios ambientales y sociales de los programas elegibles financiados o refinanciados. Ambos se publicarán anualmente en su página web una vez que se realice la emisión del instrumento de deuda y hasta la completa asignación de los recursos de cada instrumento, en el primer caso, y hasta la completa maduración del instrumento, en el segundo.

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea. Por cualquier consulta no duden en comunicarse con nosotros.

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