Con fecha 17 de marzo de 2026 entró en vigencia en Brasil la Ley Nº 15.211/2025, conocida como el “Estatuto da Criança e do Adolescente Digital” (“ECA Digital”). La norma establece un régimen integral orientado a la protección de niños, niñas y adolescentes en entornos digitales, alineándose con tendencias regulatorias internacionales en materia de seguridad en línea, protección de datos personales y diseño responsable de plataformas.
Uno de los aspectos más relevantes de ECA Digital es su amplio ámbito de aplicación. La Ley alcanza a todo producto o servicio de tecnología de la información dirigido a niños y adolescentes en Brasil o que pueda ser accedido por ellos, independientemente de su ubicación, desarrollo, fabricación, oferta, comercialización y funcionamiento.
En cuanto a las obligaciones impuestas, la norma establece un conjunto robusto de deberes para los proveedores de servicios digitales, entre los que se destacan: (i) la implementación de mecanismos fiables de verificación de edad, destinados a restringir el acceso a contenidos inapropiados para menores de 18 años; (ii) la prohibición de permitir la creación de cuentas por parte de menores en plataformas que ofrezcan contenido pornográfico; (iii) la obligación de brindar información clara y accesible a padres, tutores, niños y adolescentes sobre riesgos digitales, medidas de seguridad, entre otras; (iv) la prohibición de mecanismos de monetización como las loot boxes en videojuegos dirigidos a menores o accesibles según su clasificación etaria; (v) la restricción del uso de técnicas de perfilado para dirigir publicidad a niños y adolescentes; (vi) la obligación de vincular cuentas de usuarios menores de 16 años con las de sus padres o tutores legales; y (vii) el deber de eliminar y reportar a las autoridades competentes cualquier contenido que evidencie explotación o abuso sexual infantil, secuestro o incitación.
Adicionalmente, la Ley introduce obligaciones de transparencia reforzada para proveedores de aplicaciones con una base significativa de usuarios menores. En particular, aquellos que cuenten con más de un millón de usuarios registrados en este grupo deberán elaborar y publicar informes semestrales en portugués, detallando los canales de denuncia disponibles, el volumen de reclamos recibidos y las medidas de moderación adoptadas.
Finalmente, la Ley prevé que la autoridad competente encargada de la supervisión y aplicación del régimen será la Autoridade Nacional de Proteção de Dados (ANPD), que podrá dictar normas complementarias y fiscalizar el cumplimiento de sus disposiciones. En este sentido, ECA Digital refuerza la necesidad de un entorno digital más seguro y transparente, orientado a la protección efectiva de los derechos de niños, niñas y adolescentes frente a los riesgos propios del ámbito digital.
Enlace a la Ley Nº 15.211/2025.

