Allende & Brea – Estudio Jurídico

Derogación de la Ley de Abastecimiento, la Ley de Góndolas y la Ley del Observatorio de Precios

El 21 de diciembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 (el “Decreto 70/2023”), que, entre otras reformas, derogó la Ley N° 20.680 de Abastecimiento (la “Ley de Abastecimiento”), la Ley N° 27.545 de Góndolas (la “Ley de Góndolas “) y la Ley N° 26.992 que creó el Observatorio de Precios (la “Ley del Observatorio de Precios“). Salvo nueva disposición aclaratoria, el Decreto 70/2023 entrará en vigencia el 30 de diciembre de 2023.

El Decreto 70/2023 tiene como objetivo la “más amplia desregulación del mercado, los servicios y la industria”, mediante la eliminación de todas las restricciones a la oferta de productos y servicios, y la derogación de todas aquellas normas que distorsionen el sistema de precios, o que puedan obstaculizar la iniciativa privada o interferir en el juego espontáneo entre la demanda y la oferta. En ese marco, el Decreto 70/2023 ha derogado la Ley de Abastecimiento, la Ley de Góndolas y la Ley del Observatorio de Precios, las cuales explicamos brevemente a continuación.

 

Principales aspectos de la Ley de Abastecimiento derogada

El Decreto 70/2023 derogó la Ley de Abastecimiento, sancionada en el año 1974 y modificada en 2014. La Ley de Abastecimiento otorgaba amplias facultades al Estado Nacional -a través de la Secretaría de Comercio- para regular la actividad económica desarrollada por las empresas en Argentina.

En particular, la Ley de Abastecimiento permitía al Estado Nacional fijar el precio de los bienes y servicios en cualquier sector de la economía, así como también establecer el volumen o cantidad de los productos a ser vendidos o comercializados en el país. Además, la Ley de Abastecimiento prohibía los aumentos de precios “artificiales o injustificados”, el acaparamiento de productos, cualquier práctica comercial que pudiera afectar el abastecimiento “normal y ordinario” de productos sin una justificación, así como la destrucción de productos.

La Ley de Abastecimiento establecía severas sanciones para los infractores, tales como multas, clausura de establecimientos comerciales por hasta 90 días, decomiso de productos, inhabilitación para ejercer el comercio y la suspensión del Registro de Proveedores del Estado por hasta 5 años.

 

Principales aspectos de la Ley de Góndolas derogada

El Decreto 70/2023 derogó la Ley de Góndolas sancionada en el año 2020, la cual tenía como objetivo regular el espacio en las góndolas que los supermercados conceden a las empresas productoras de bienes de consumo masivo, tanto en los comercios físicos como en relación con las ventas por canales digitales.

En particular, la Ley de Góndolas creó las siguientes obligaciones para los supermercados que operan en Argentina: (i) ningún grupo económico puede disponer de un espacio en las góndolas superior al 30% para ninguna categoría de productos; (ii) en todas las categorías de productos, deben haber productos de al menos cinco proveedores diferentes; (iii) para cada categoría de productos, el 25% de los productos expuestos en las góndolas deben pertenecer a empresas PYMEs (esto, es pequeñas y medianas empresas), mientras que el 5% debe pertenecer a empresas familiares, empresas indígenas y cooperativas de trabajadores; y (iv) los productos de menor precio deben colocarse en el sector medio de la góndola, o en la primera página si se venden a través de un sitio web.

 

Principales aspectos de la Ley del Observatorio de Precios derogada

El Decreto 70/2023 derogó la Ley del Observatorio de Precios sancionada en el año 2014 en tanto “su absoluta irrelevancia ha quedado demostrada por la altísima inflación” que atraviesa la economía argentina.

La Ley de Observatorio de Precios creó un organismo integrado por distintos funcionarios públicos y asociaciones de consumidores, con el objetivo de monitorear los precios y la disponibilidad de productos e insumos, así como detectar y denunciar posibles infracciones a la Ley de Abastecimiento comentada anteriormente. A pesar de que la Ley del Observatorio de Precios fue creada en el año 2014, la autoridad de aplicación de dicha ley recién se creó en el año 2022 y prácticamente no tuvo actividad.

A pesar de la derogación de las leyes arriba comentadas, cabe mencionar que la actividad económica desarrollada por empresas y particulares con efectos en el territorio argentino continúa estando sujeta a la Ley de Defensa de la Competencia N° 27.442, que -a grandes rasgos- prohíbe la cartelización entre competidores, el abuso de posición dominante, como así también ciertas concentraciones económicas que tengan capacidad para afectar el interés económico general.

 

Validez del Decreto 70/2023

El artículo 5 del Código Civil y Comercial establece que las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, por lo que, considerando que el Decreto 70/2023 fue publicado el 21 de diciembre de 2023, el mismo entrará en vigor el 30 de diciembre de 2023. Por otro lado, el tratamiento de los Decretos de Necesidad y Urgencia se encuentra regulado en la Ley N° 26.122. La norma establece que el Jefe de Gabinete debe someter el Decreto 70/2023 a consideración de la Comisión Bicameral Permanente dentro de los diez días de su dictado. La Comisión Bicameral Permanente tiene diez días hábiles para emitir dictamen sobre la validez del Decreto 70/2023 y enviarlo al plenario de ambas cámaras legislativas para su tratamiento. El Decreto 70/2023 sólo perderá vigencia si ambas cámaras lo rechazan.

El Senado y la Cámara de Diputados sólo pueden aceptar o rechazar el Decreto 70/2023, pero no podrán introducir enmiendas, modificaciones o agregados. La decisión se toma por mayoría absoluta de los presentes.

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea. Por cualquier consulta no duden en comunicarse con nosotros.

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