Allende & Brea – Estudio Jurídico

Prórroga de prohibición de despidos y suspensiones por 60 días

El Decreto 761/2020 prorrogó la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 624/20, es decir, se prorrogó la prohibición hasta el 30 de noviembre de 2020.

La norma también prorrogó la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de SESENTA (60) días, contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 624/20, es decir, se prorrogó la prohibición hasta el 30 de noviembre de 2020.

Quedan exceptuadas de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, es decir, aquellas pactadas individual o colectivamente y homologadas por la autoridad del trabajo, y cuando en virtud de causales de falta o disminución de trabajo, no imputables al empleador, o fuerza mayor debidamente comprobada, el trabajador no realice la prestación laboral a su cargo.

El Decreto 761/2020 dispone que no tendrán efecto alguno los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto por dicha norma, en cuyo caso establece que se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones.

El presente Decreto 761/2020 no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia.

Este informe no puede ser considerado como asesoramiento legal o de cualquier otro tipo por parte de Allende & Brea o como que incluye todos los temas de los asuntos aquí descriptos.

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